Hoy es el día, en el que la “Constitución Española“, cumple años, años de lucha, años de estar vigente; en este caso hoy más vigente que nunca, y al parecer, muchos/as no se han enterado o no quieren enterarse, como acolación a lo que pasó hace unos días con la ya casi “famoso” por malo del “engendro” que metieron en la Ley de “Economía Sostenible”, y me refiero a el “Manifiesto En Defensa De Los Derechos Fundamentales“, que algunos/as se pasaron, como dirían en Cuba, por el “fondillo”.
Y lo digo con la Constitución en mano, esa jamás se separa de mi y me atengo a la legislación vigente (salvo que ahora les dé por cambiarla), demasiados cambios mal planeados. Es mi opinión particular, dado que hace años un ex ministro “Corcuera” se sacó también de la manga la “ley de la patada en la puerta“, saltándose todo principio, recogido en nuestra Constitución..
y en el pasado inmediato, otra ley que no fue obra de él, si no de otros que intentaron dar “la patada en la puerta digital” (2008), cuidado que no defiendo a nadie (aquí es cuestión de sacar tajada quien sea y a como dé lugar)
Para quien le interese, por si no tiene la Constitución como libro de cabecera .. por ejemplo, aparece un articulado que nadie se puede pasar por el “fondillo” insisto. Sin irme a escarbar demasiado..
Artículo 18.(De Los Derechos Fundamentales y De las Libertades Públicas).
- Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
- El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
- Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
- La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo 20. (De Los Derechos Fundamentales y De las Libertades Públicas).
1. Se reconocen y protegen los derechos:
- A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
- A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
- A la libertad de cátedra.
- A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
- La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
- Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
- Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
- La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley.
- El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.
- Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por Ley en garantía de cualquier derecho.
Artículo 117 (Título VI. Del Poder Judicial)
Esta “Memoria” y “memori@” se atiene a la legislación vigente, demasiado vigente, hoy que es el cumpleaños de la “Ley de Leyes“, y que a todos los españolitos nos costó un triunfo sacar adelante, para que ahora vengan con “cuentos” de camino.
Es más añado hay música, casi siempre hay música en esta “Memoria”, pero es para que se acuerden “algunos/as”, que es una canción que nació para la Democracia, en una época de transición de una férrea dictadura a una Democracia, para la inauguración de un “periódico” ya desaparecido “Diario 16“. Imagino que muchos se acordarán, yo no era más que un mico, y no soporto que a quien le de la soberana gana la utilice y la manipule como es la costumbre habitual.. la memoria sirve para algo y la selectiva solo para olvidar, lo malo conocido y vivido, pero aprendido.
Con lo cual escuchad la letra y poneros, en el momento que se compuso, no era partidista, si no más bien de unión, y jamás para automirarse el ómbligo ese que muchos/as tienen desgastado de tanto “autobombo”.
Un abrazo, es domingo y que ¿dije? .. esta es una semana calentita, pero gracias a los “padres de la Constitución”, hoy podemos celebrar que existe, aunque haya gente que reniegue de ella, “memori@” NO.
















Información Bitacoras.com…
Valora en Bitacoras.com: Hoy es el día, en el que la “Constitución Española”, cumple años, años de lucha, años de estar vigente; en este caso hoy más vigente que nunca, y al parecer, muchos/as no se han enterado o no quieren enterarse, como acolación…..